Identificadores para vehículos Cero Emisiones

Buenas noticias para los usuarios de motos eléctricas! Poco a poco observamos como las administraciones se involucran cada vez más en favorecer el uso y compra de vehículos eléctricos. En este caso la DGT va a emitir una pegatina en el que se identificara por medio de colores y letras el nivel de contaminación producido por cada moto, coche, autobús o camión.

Con esto se pretende realizar una clasificación para identificar los “vehículos Cero emisiones” y de esta manera aplicarles medidas de discriminación positiva (fiscales, uso de carriles VAO, aparcamiento gratuitos, gestión de tráfico, etc.). Por tanto, todos aquellos que disfrutamos de nuestra moto eléctrica recibiremos en breve una carta en la que se adjuntara un distintivo azul como el mostrado en la imagen.

De momento la colocación de la pegatina no es obligatoria pero será muy útil si llegado el caso se comenzara a aplicar las restricciones de tráfico en centros los urbanos. Esta limitación que no tendrá efecto en nuestras motos al ser identificas como vehículos Cero Emisiones y podremos circular por ciudades como Madrid sin ningún tipo de problema.

Con todo esto se han dado un gran salto de cara a unificar criterios entre las diferentes administraciones y se evitara que cada ayuntamiento expida identificadores que no sean reconocidos en otras poblaciones.
En la consecución de esta iniciativa han colaborado entre otros la DGT, los Ministerios de Industria y Medio Ambiente, el Ayuntamiento de Madrid y Barcelona, el RACC o diferentes marcas del sector como Renault, Nissan o BMW.

Las cuatro categorías que nos encontramos son:

  • Cero emisiones: Se encuentran en esta categoría los mencionados ciclomotores, triciclos, cuadriciclos y motocicletas eléctricas;  también están los turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados como vehículos eléctricos de batería (BEV), los de autonomía extendida (REEV), el híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible.
  • Eco:  Turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías que sean híbridos enchufables con una autonomía eléctrica menor a 40 kilómetros, híbridos no enchufables (HEV) o los propulsados por gas natural  o GLP.
  • C: Vehículos de gasolina matriculados a partir de 2006 que cumplan la norma Euro 4, 5 y 6 y los diesel  matriculados posterior al 2014 y cumplan la Euro6.
  • B: El distintivo amarillo queda reservado a turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero del año 2000 y de diésel a partir de enero de 2006. Vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías tanto de gasolina como de diésel matriculados a partir de 2005.